Ayer día 13 de mayo de 2020 se aprobó el Real Decreto 18/2020 en el que se contemplaron medidas sociales en defensa del empleo. BOE 13/05/2020. Precisamente en el mismo día teníamos programado un webinar, que era dedicado al contenido de dicho decreto.
En el webinar, partimos de la situación en la que estábamos antes de la entrada en vigor del RD 18/2020 en lo que se refiere a los ERTE de Fuerza Mayor y ETOP (causas económica, técnicas, organizativas y producción) basados en el Covid-19.
Comparamos las diferentes características entre ERTE ETOP Covid-19 y el ERTE ETOP Clásico, así como las características del ERTE de Fuerza Mayor Covid-19.
Llegado a este punto, analizamos la nueva situación de los ERTE Covid-19 con el Real Decreto Ley 18/2020, con entrada en vigor para el 13de mayo de 2020:
Mantenimiento ERTE fuerza mayor hasta el 30 de junio, si empresa afectada no puede reiniciar totalmente la actividad por las causas iniciales que provocaron el ERTE.
Se introduce un nuevo concepto, fuerza mayor total o parcial.
Se entiende por fuerza mayor total, cuando se mantiene la suspensión de contratos o la reducción de jornada vigente a la entrada en vigor del RDL sin ninguna variación hasta el 30 de junio, debido a las causas iniciales que provocaron el ERTE.
Será parcial en el resto de casos y habrá que reincorporar a los trabajadores en la medida necesaria para el desarrollo de la actividad. Priman los ajustes para la reducción jornada. (casos en que permitan la recuperación parcial de la actividad)
Los ERTE ETOP que se inicien desde el 13 de mayo, fecha de entrada en vigor del RDL 18/2020 y el 30 de junio, les será de aplicación el ERTE ETOP Covid-19, recogido en el artículo 23 del RDL 8/2020.
- Su tramitación es compatible con la vigencia del ERTE por Fuerza Mayor Covid-19.
- La fecha de efectos del nuevo ERTE ETOP Covid-19, se retrotrae a la fecha de finalización del ERTE de Fuerza Mayor Covid-19.
- Los ERTE ETOP vigentes antes de la entrada en vigor del RDL 18/2020, mantendrán la vigencia hasta la fecha final prevista en los mismos.
La protección por desempleo de los ERTE por Fuerza Mayor y los ETOP Covid-19, se mantendrá hasta el 30 de junio 2020.
También tratamos los siguientes puntos:
La nueva situación de las exoneraciones de los ERTE por Fuerza Mayor Covid-19
Las limitaciones relacionadas con los ERTE por Fuerza Mayor Covid-19: paraísos fiscales y distribución de dividendos
Prórrogas relacionadas con los ERTE por Fuerza Mayor Covid-91, más allá del 30 de junio de 2020.
Salvaguarda de empleo para ERTE de Fuerza Mayor Covid-19.
Ampliación plazo medidas complementarias RDL 9/2020.
Si queréis el documento completo de todo el análisis que se hizo, en el apartado de recursos os podéis descargar el pdf.
Y en nuestro canal Youtube, el análisis con ejemplos de consultas que se iban formulando en el mismo.
Hemos escogido un extracto del webinar para saber qué hay que hacer ahora. Son tres minutos, con las conclusiones más contundentes respecto a los ERTES.
Josep Chiva Masó