Qué actuaciones realiza la AEAT respecto al IVA en el sector del Business Travel, turismo y MICE

Muchas están siendo las consultas que realiza el sector del Business Travel, turismo y M.I.C.E., respecto a las actuaciones que está llevando a cabo la A.E.A.T con relación al IVA.

La AEAT, para el sector del turismo, aparte de  realizar las comunes actuaciones de verificación del cumplimiento de obligaciones formales y materiales, concordancia de lo declarado con la realidad de la operativa de la empresa, etc está llevando a cabo las siguientes actuaciones respecto al IVA:

  1. Verificación de los requisitos de la renuncia al R.E.A.V., en concreto está comprobando si la agencia está aplicando de manera correcta lo previsto en el artículo 147 Ley IVA, así como lo establecido en el artículo 52 y 53 del Reglamento del IVA.
  2. Verificación de que la base imponible del REAV se está calculando de manera correcta, en especial, en lo que implica la inclusión de las adquisiciones de bienes o servicios efectuadas por la agencia en beneficio del viajero.
  3. Verificación de que los servicios prestados como “MICE”, realmente cumplen los requisitos exigidos en las distintas consultas de la AEAT, entre otras la V3332-14, V1241-15, V0336-16, etc. En caso de incumplimiento, lo derivan a un REAV, con el coste que supone para la empresa de MICE, si su cliente está fuera de TAI y el servicio se ha prestado dentro de la UE.
  4. Verificación de una adecuada aplicación de las reglas de localización previstas en los artículos 69 y 70 de la Ley IVA, en especial cuando se trata de servicios realizados en TAI, pero que su regla de localización es UE, pero la agencia ha aplicado IVA y el cliente UE, ha solicitado la devolución del mismo. Provocando la denegación de la devolución del IVA por parte de la AEAT.
  5. Encuadramiento de servicios como REAV, cuando realmente se trata de una prestación única de servicios no sometida al REAV, sino a régimen general del IVA

Estas cuestiones y  otras que iran surgiendo son tratadas en profundidad en el nuevo formato de formación online que ha iniciado Chiva-Sansó Consultors, y que se concreta en formaciones mensuales, (webinars) en directo mensuales, en dos sesiones: una primera de formación teorico-explicativa (con entrega de materiales y acceso a la grabación para revisar posteriormente) y una segunda practica (con entrega de las resoluciones) y de aclaración de dudas. Se complementa con un grupo privado de whatsapp para aclarar dudas entre los participantes. Aquí tenéis enlace de las formaciones.

La de este mes de marzo, hace referencia a la introducción de las reglas de localización previstas en los artículos 69 y 70 LIVA, y se inicia el próximo dia 14.

Josep Chiva Masó

abogado-economista

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