
El video que mostramos a continuación, es fruto de las dudas que se plantearon por parte de los agentes de viajes en relación al Régimen Especial de las Agencias de Viajes en el IVA.
Existe una problemática cierta en referencia a los suplidos y los falsos suplidos. ¿Está claro el concepto de falso suplido?
¿Sabéis que una misma factura puede recoger servicios en régimen general, régimen especial, suplidos y Disposición Adicional Cuarta?
Cumplidos los requisitos para aplicar el Régimen Especial cuando el destino es TAI o fuera TAI ¿sabemos cómo realizarlo a través del programa de gestión?
¿Qué problema surge cuando se realiza la compra el Régimen Especial y se quiere vender en Régimen General del IVA?
Canarias. ¿Sabéis cómo tratar el IGIC y tener que liquidarlo? Este tema era demasiado denso para tratarlo en la sesión realizada por lo que hemos preparado un curso de dos horas para que el IGIC deje de ser un problema para la agencia y se incorpore en vuestra casuística. Aquí tenéis el enlace para saber más detalles sobre el curso.
Os dejo el vídeo para que vosotros mismos saquéis conclusiones. Es un resumen de dieciséis minutos.
https://www.youtube.com/watch?v=-CzxNj3XR8U
Esperamos que haya sido de vuestro interés.
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Josep Chiva Masó